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Vence el plazo para inscribir personal doméstico

28 junio, 2013 Por Ignacio 3 comentarios

Hasta el 30 de junio los contribuyentes podrán registrar a empleados particulares y, desde la próxima semana, AFIP presumirá su existencia a partir de los ingresos y bienes. Algunas personas ya recibieron notificaciones.

Los contribuyentes tienen plazo hasta el próximo domingo para inscribir a su personal doméstico en el nuevo registro instrumentado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Este viernes, sin embargo, es el último día para las personas que no tengan clave fiscal, ya que para obtenerla es necesario realizar un trámite en una dependencia del fisco nacional. 
A partir de la semana próxima, la AFIP podría comenzará a enviar notificaciones a aquellas personas que cuentan con ingresos por más de $ 500 mil anuales y $ 305 mil de patrimonio para que se registren, dado que se presume que tienen servicio doméstico, consignó Ámbito. 
En la previa, el organismo envió cartas sobre el nuevo sistema a posibles contribuyentes alcanzados. 
El fisco cree que en los días restantes se sumarán muchos más casos que, como suele suceder, llegan a último momento, sobre todo teniendo en cuenta que se calcula que hay más de un millón de empleados domésticos en actividad. 
El registro fue ideado como un blanqueo para todas las personas que tienen empleados trabajando en sus casas de manera informal, ya que no se cobrará por los aportes que no fueron pagados. 
Quienes ya tengan declarado formalmente a sus empleados y paguen los aportes igualmente deben anotarse en el nuevo registro. 
Aquellos que no poseen servicio doméstico, pero cumplen con los requisitos de patrimonio e ingresos que hacen presumirlo a la AFIP deben demostrar que no tienen que pagar esos impuestos.
El nuevo régimen establece un período de prueba de 30 días para personal sin retiro y de 15 con retiro, que no exceda los tres meses. La jornada no puede superar las ocho horas diarias o 48 semanales, porque, de hacerlo, deberán pagarse horas extras. Las horas extras durante el fin de semana y feriados se pagan con un recargo del 100%; el resto, del 50%. 
Además, las vacaciones comienzan un lunes o primer día hábil de la semana, entre noviembre y marzo. Les corresponden desde 14 días con una antigüedad de entre seis meses y cinco años; hasta 35 días si cuentan con más de 20 años de trabajo.
Actualmente, el salario mínimo para esta actividad con retiro (que trabaja ocho horas diarias) es de $ 2.589. Hasta cuatro horas por día es $ 1.294. Y el monto para quienes trabajan por hora es de $ 19,74. Mensualmente, los aportes y las contribuciones que deben realizarse llegan a $ 135. 
Se contemplan licencias por embarazo de 45 días antes y 45 después del parto, como en otras actividades. El empleador deberá contratar un seguro de riesgo de trabajo (ART) y podrá realizar una deducción del Impuesto a las Ganancias por $ 15.552.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Personal Casas Particulares

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    28 junio, 2013 a las 10:49 pm

    Consulta: en el caso de empleadas que trabajan solo 12 dias en el mes y tengan mas de un año de antigüedad. Habra que pagarles 14 dias de vacaciones??

    Responder
  3. Anónimo dice

    28 junio, 2013 a las 6:40 pm

    Para el personal que trabaja 3 veces por semana 3 horas que se hace? Muchas gracias. Graciela

    Responder
  4. Anónimo dice

    28 junio, 2013 a las 12:02 pm

    muy buen resumen Ignacio!!! Gracias por tus aportes!!

    Responder

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